Las entidades de la administración pública tienen la obligación de proveer,
conforme al artículo 10 del texto unico ordenado de la ley N° 27806, ley de transparencia
y acceso a la información pública, la información requerida si se refiere a la contenida
en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital, o en cualquier
otro formato, siempre que haya sido creado u obtenido por ella o que se encuentre en su posesión o bajo su control.
Usted puede solicitar esta información haciendo uso del
formato de solicitud de acceso a la información
.
La solicitud de información deberá ser atendida en un plazo no mayor a 7 días útiles a la fecha de presentación.
El responsable de la entrega de información es:
José Luis Gonzales Vargas
e-mail:
jgonzales@electrosur.com.pe
Los costos de reproducción de la información son ...
Cabe precisar que, conforme al artículo 13 del téxto único ordenado de la ley N° 27806, ley de transparencia
y acceso a la información pública, la solicitud de información no implica la obligación de las entidades de
la administración pública de crear o producir información con la que no cuente o no tenga oblogación de contar
al momento de efectuarse el pedido. (...) Esta ley tampoco permite que los solicitantes exijan a las entidades
que efectúen evaluaciones o análisis de la información que posean.
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