Portal de transparencia estándar | Información complementaria | Acceso a la información

Las entidades de la administración pública tienen la obligación de proveer, conforme al artículo 10 del texto unico ordenado de la ley N° 27806, ley de transparencia y acceso a la información pública, la información requerida si se refiere a la contenida en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital, o en cualquier otro formato, siempre que haya sido creado u obtenido por ella o que se encuentre en su posesión o bajo su control.

Usted puede solicitar esta información haciendo uso del formato de solicitud de acceso a la información .

La solicitud de información deberá ser atendida en un plazo no mayor a 7 días útiles a la fecha de presentación.

El responsable de la entrega de información es:

José Luis Gonzales Vargas
e-mail: jgonzales@electrosur.com.pe

Los costos de reproducción de la información son ...

Cabe precisar que, conforme al artículo 13 del téxto único ordenado de la ley N° 27806, ley de transparencia y acceso a la información pública, la solicitud de información no implica la obligación de las entidades de la administración pública de crear o producir información con la que no cuente o no tenga oblogación de contar al momento de efectuarse el pedido. (...) Esta ley tampoco permite que los solicitantes exijan a las entidades que efectúen evaluaciones o análisis de la información que posean.


Otra información pública